Deportación voluntaria: ¿Qué es y qué consecuencias tiene salir voluntariamente?

¿Quieres salir de Estados Unidos voluntariamente y no sabes las consecuencias? ¿Tienes una orden de deportación y no sabes qué hacer? Aunque la deportación voluntaria puede parecer una opción viable, en realidad es un poco más complicado que simplemente salir del país. En esta guía completa te mostramos qué es la deportación voluntaria y las consecuencias que puedes tener.

¿Qué es la deportación voluntaria?

Si te estás enfrentando a la deportación (remoción) de los Estados Unidos, así sea antes o durante los procesos de la corte inmigratoria, puede tener la oportunidad de argumentar que no deberías ser deportado. Si no tienes éxito con esto, puedes pedirle al juez que te permita salir del país por ti mismo, sin recibir una orden de deportación en tu expediente inmigratorio.

Este tipo de requisito es conocido como “salida voluntaria”. Este artículo discutirá quién puede solicitar la salida voluntaria, y si cuando la solicites es posible que sea otorgada.

También visita nuestras guías de inmigración:

El beneficio principal de la salida voluntaria es que, aunque debas salir de los Estados Unidos, no tendrás una prohibición automática para regresar de formar legal en un futuro. Por supuesto, necesitarías cualificar y solicitar una nueva visa u obtener una green card para poder regresar.

El asunto clave para entender tu elegibilidad para la salida voluntaria es que esta depende de cuando hagas la solicitud que puede ser:

  • Antes de que comiencen los procedimientos de remoción (una audiencia en la corte inmigratoria)
  • Durante los procesos de remoción
  • O en la conclusión de los procesos de remoción.

Si crees que no tendrás éxito en cualquier defensa en contra de ser deportado de los Estados Unidos, la salida voluntaria puede que al menos te permita salir (por ti mismo) con consecuencias reducidas para tus futuras posibilidades de inmigración.

¿Quién es elegible para la deportación voluntaria?

Antes de que veas a un juez, puedes solicitarle al Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) que te otorgue la salida voluntaria. La mayoría de los no ciudadanos hacen este tipo de solicitud después de haber sido arrestado por los oficiales inmigratorios y tal vez una vez hayan sido puestos en una localización de detención inmigratoria.

El DHS no tiene la obligación de preguntarte si quieres salir de manera voluntaria. Así que, si esta opción es completamente coherente para ti, es mejor que solicites la salida voluntaria a un oficial inmigratorio de inmediato.

La ley no establece muchos requisitos de elegibilidad para la salida voluntaria que viene directamente del DHS –parece que el objetivo es hacerle fácil al Gobierno de los Estados Unidos idear un plan para tu salida. Se esperará que salgas de los Estados Unidos cubriendo tus propios gastos, y se te darán hasta 120 días para salir. El DHS puede solicitarte que pagues una fianza, para quedarte en detención hasta la salida, y que salgas bajo ciertas medidas de seguridad.

La salida voluntaria antes de una audiencia no está disponible para los no ciudadanos que son detenidos en la frontera de los Estados Unidos. Además, los que cometen delitos graves y los no ciudadanos involucrados en actividades terroristas son inelegibles para la salida voluntaria antes de una audiencia.

Cuando le solicitas la salida voluntaria al DHS, estás renunciando a tu derecho a aplicar por una exención inmigratoria en la corte. Aceptar estos términos son coherentes para los no ciudadanos que no califican para ninguna clase de exención, que quieren regresar a su país de origen, y que quieren evitar procesos judiciales costosos y que consumen tiempo.

Sin embargo, si crees que puedes calificar para una exención inmigratoria, tal y como lo es el asilo político, la cancelación de remoción, o el ajuste de estatus, es mejor que esperes hasta que puedas ver a un juez inmigratorio para presentar tu caso completo. En ese momento, tú (asumiendo que cumples con los requisitos de elegibilidad descritos más abajo) tendrás oportunidades adicionales para solicitar la salida voluntaria.

Solicitud de la deportación voluntaria

Puedes buscar la salida voluntaria justo cuando están comenzando los procesos de remoción. Esto es, en tu audiencia de calendario general en la corte inmigratoria. Tal y como si fueras a pedir la salida voluntaria al DHS antes de ir a la corte, buscar la salida voluntaria en este momento significa que tú renuncias para siempre al derecho de aplicar para cualquier forma de exención inmigratoria.

Si no tienes todavía un abogad, este sería el momento excelente para consultar con uno. El abogado puede ayudarte a analizar si puedes calificar por algún derecho temporal o permanente para permanecer en los Estados Unidos. Con eso en mente, entonces tú decidirás si continuarás con las venideras audiencias en la corte inmigratoria o si simplemente solicitarás la salida voluntaria para salir de los Estados Unidos.

Para poder calificar para la salida voluntaria al comienzo de una audiencia de remoción, debes:

  • Hacer la solicitud antes o en la primera audiencia de calendario general
  • No solicitar otra forma de exención excepto la salida voluntaria
  • Admitir que eres deportable de los Estados Unidos.
  • Renunciar al derecho de apelar cualquier asunto y
  • Probar que no has sido acusado de un delito grave y que no eres deportable por razones de seguridad nacional o pública.

La decisión de otorgar o no la salida voluntaria está en la discreción del juez inmigratorio. El juez puede considerar factores tales y como tu historia criminal, tu historia inmigratoria, y tus vínculos familiares y comunitarios en los Estados Unidos.

En la práctica, los jueces inmigratorios están particularmente interesados en si el no ciudadano que solicita la salida voluntaria tiene en su registro cualquier violación penal. El juez puede, por lo tanto, revisar y analizar expedientes penales, informes policiales y otras pruebas para determinar si procede o no con otorgarte la salida voluntaria.  Si tienes cualquier violación penal en tu registro, consulta con un abogado inmigratorio para discutir si tal ofensa puede impactar adversamente en tu solicitud de salida voluntaria.

Solicitar la salida voluntaria durante los procedimientos de remoción al Departamento de Seguridad Nacional

Aunque es poco común, el abogado del DHS puede, en cualquier momento durante tus audiencias de remoción, concordar en que tú deberías recibir el derecho a la salida voluntaria. Tú o tu abogado pueden solicitar esto al abogado de DHS en la corte. Si el abogado de DHS está de acuerdo, el Departamento de Seguridad Nacional preparará la moción para terminar tus procedimientos de remoción. La moción terminaría con tus procesos de remoción y el DHS te otorgaría la salida voluntaria.

DHS no estará de acuerdo en otorgarte la salida voluntaria si has cometido un delito agravado, o si eres deportable por razones de seguridad nacional o pública, o si tienes cualquier acusación de crímenes graves.

Solicitar la salida voluntaria al final de una audiencia

Puedes decidir buscar la salida voluntaria en la conclusión de tus procedimientos de remoción, mayormente porque tus otras defensas o solicitudes para obtener exenciones no están yendo del todo bien. Establecer la elegibilidad para la salida voluntaria en este momento tiene requisitos estrictos. Debes:

  • Haber estado físicamente presente en los Estados Unidos por al menos un año antes del servicio del Aviso para Comparecer (el documento emitido por el DHS en el cual se te imputa la deportabilidad de los Estados Unidos, también es llamado NTA o Notice to Appear, por sus siglas en inglés). Para más información sobre este tema visita nuestras guías: ¿Qué es un NTA? y ¿Cómo solucionar un NTA? Tener los medios financieros para pagar una fianza dentro de los cinco días de la orden del juez.
  • Haber sido una persona de buen carácter moral por al menos cinco años antes de buscar la salida voluntaria.
  • No ser un delincuente de crímenes agravados o un terrorista
  • No Haber recibido la salida voluntaria previamente después de haber sido encontrado inadmisible
  • Mostrar un pasaporte válido o un documento de viaje para la inspección y autenticación del gobierno de los Estados Unidos.
  • Establecer que tienes los medios financieros para salir de los Estados Unidos cubriendo tus propios gastos y que pretendes hacerlo de esta manera dentro del tiempo solicitado.

Si el juez te otorga tu solicitud, recibirás una orden especificando cuando se te solicita salir de los Estados Unidos. También necesitarás pagar una fianza de salida voluntaria, en un monto establecido por el juez, dentro de los cinco días de emitida la orden.

Como se detalló más arriba, existen diferentes momentos en los cuales puedes buscar la salida voluntaria. Los requisitos de elegibilidad se vuelven más complicados mientras más tiempo esperes para solicitarlo.

Si no tienes ninguna manera para quedarte de forma legal en los Estados Unidos, la salida voluntaria te permite salir pagando tus propios gastos dentro de un período de tiempo establecido, con consecuencias mucho menos negativas que si se te fuera ordenada la deportación.

Si estás considerando la salida voluntaria, es mejor que hables con un abogado acerca de si calificas para solicitarla y si es una buena opción en tu caso.

Salida o deportación voluntario de Estados Unidos: Opiniones

Esperamos que nuestra guía sobre la deportación voluntaria de EEUU te ayude a obtener todos los detalles que debes saber sobre la salida por tu propia cuenta de los Estados Unidos. Recuerda que, si tienes cualquier duda o pregunta, puedes dejarnos un comentario y te ayudaremos a salir de tu inquietud.

¿Qué es la deportación voluntaria? ¿Puedo salir voluntariamente de los Estados Unidos si soy ilegal? Queremos saber tu opinión. Si has tenido alguna experiencia (buena o mala) con este proceso, déjanos un comentario en la parte de abajo y cuéntanos tu anécdota.

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