¿Qué hacer si te divorcias y no tienes la residencia permanente?

Qué hacer si te divorcias y no tienes la residencia permanente

Todo el mundo planea casarse para toda la vida, pero es no siempre es posible. La situación se complica si estás pensando en divorciarte y están en medio del proceso de obtener la residencia por matrimonio en Estados Unidos. En esta guía te mostramos qué hacer si te divorcias y no tienes la residencia permanente, si solo tienes la green card condicional o si tu residencia aún no está en trámite.

¿Qué pasa si te divorcias y no tienes la residencia permanente?

La aplicación para una residencia o green card basada en el matrimonio con un ciudadano de los Estados Unidos es llamado un ajuste de estatus. Este proceso de aplicación requiere que los cónyuges estén legalmente casados y que tengan una entrevista conjunta con un oficial de USCIS al final del proceso, lo cual tradicionalmente requiere entre cinco a seis meses.

Durante este tiempo, el cónyuge ciudadano de los Estados Unidos puede decidir que no desea avanzar más con la aplicación, y dejar al cónyuge extranjero con una aplicación de una Green card pendiente que no puede ser aprobada por USCIS porque la pareja casada ahora está separada. (Para más información, también consulta nuestra guía: Qué hacer si tu pareja no quiere remover las condiciones de tu residencia).

También visita nuestras guías:

Si te divorcias y no tienes la residencia permanente sin iniciar algún trámite

Si el ciudadano de los Estados Unidos te deja antes de que la Green card condicional esté aprobada, la única opción para continuar con la aplicación sin la ayuda del cónyuge ciudadano de los Estados Unidos es llenar una petición bajo la ley de violencia contra la mujer (VAWA, por sus siglas en inglés).

Si el cónyuge ciudadano de los Estados Unidos te abandona mientras la petición de cónyuge (Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero) y la aplicación de Green card están pendientes con USCIS y la entrevista aún no ha sido programada por USCIS, el único recurso para el cónyuge extranjero es explorar si es apropiado rellenar una petición (Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial) de la Ley de Violencia contra la Mujer.

A primera vista, parece que la ley solo es aplicable a mujeres, pero, de hecho, también aplica a hombres que son emocionalmente o físicamente abusados por su esposa ciudadana de los Estados Unidos.

La ley no distingue a la víctima basándose en el género. Si el cónyuge extranjero puede describir cómo él o ella sufrió abuso emocional o físico mientras vivía con el cónyuge ciudadano de los Estados Unidos, USCIS puede permitir al solicitante hacerse una auto petición y continuar con la aplicación de la Green card sin la ayuda del ciudadano de los Estados Unidos.

Una petición VAWA no tiene arancel de petición, pero su preparación es mucho más complicada que una aplicación básica de Green card basada en el matrimonio. A la persona que hace la auto petición se le solicita que describa en detalle el patrón de abuso y que recuerde fechas de cuándo ocurrieron incidentes notables.

La declaración del solicitante es la pieza central de una aplicación exitosa para VAWA, y altamente recomendamos que el cónyuge extranjero que no está familiarizado con el idioma inglés que contrate a un abogado para que lo ayude a preparar la petición VAWA.

Una aplicación VAWA preparada adecuadamente tomará cerca de seis meses para recibir un permiso de trabajo y cerca de un año para recibir la Green card.

Si te divorcias y no tienes la residencia permanente, pero tienes una residencia condicional

Si te divorcias y no tienes la residencia permanente, pero empezaste el trámite para tu residencia o tienes una residencia condicional. Quizás tengas otra opción.

Si el ciudadano de los Estados Unidos te deja después de que la Green card condicional sea otorgada, puedes pedirle a USCIS solamente que remueva las condiciones, pero se quiere un decreto de divorcio

Si el cónyuge ciudadano de los Estados Unidos te abandona después de que la Green card condicional haya sido otorgada por USCIS, puedes pedirle a USCIS a tu favor que remueva las condiciones de la Green card y no necesitarás la ayuda del cónyuge ciudadano de los Estados Unidos.

Sin embargo, es importante notar que para que el titular de la residencia condicional pueda aplicar para remover las restricciones sin involucrar al cónyuge ciudadano de los Estados Unidos, el cónyuge extranjero debe presentarle a USCIS un decreto de divorcio.

Esto significa que, si las partes permanecen casadas pero separadas, el cónyuge extranjero no podrá aplicar para remover las condiciones de la Green card hasta que un decreto de divorcio haya sido emitido por un juez de la corte de familia.

Si la separación ocurre cerca de la fecha de expiración de la residencia condicional, el cónyuge extranjero puede necesitar esperar hasta después de la fecha de expiración de la Green card para el decreto de divorcio.

Es importante preguntarle a un abogado de leyes familiares en tu estado cuánto tiempo tomaría obtener un decreto de divorcio porque el tiempo de espera de un divorcio varía por estado. El riesgo es que Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) envíe al solicitante a procedimientos de deportación.

Si la aplicación se presenta después de la expiración de la residencia, el titular de la residencia condicional que realiza la petición también necesitará adjuntar una carta para específicamente solicitarle a USCIS que permita la presentación tardía del formulario I-751 para remover las condiciones.

Por lo tanto, siempre es mejor presentar para el divorcio temprano y no esperar hasta el último minuto porque el proceso puede volverse mucho más complicado para el cónyuge extranjero después de que la Green card condicional expire.

Si te divorcias y no tienes la residencia permanente: Si ya eres residente

Si el matrimonio rompe después de que el estatus de residente permanente haya sido otorgado por USCIS, el cónyuge extranjero puede quedarse con la Green card.

Después de que la residencia permanente sea aprobada (renovable cada diez años) (formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia), incluso si llega a haber un divorcio, el cónyuge extranjero puede mantener la Green card permanente que USCIS le otorgó.

Es importante notar que, en el caso de un divorcio o una separación, el cónyuge extranjero no puede aplicar para la ciudadanía usando la regla rápida de los tres años. Al contrario, el cónyuge extranjero tendrá que esperar cuatro años y nueve meses después de la fecha en la que la Green card condicional fue aprobada.

Si el cónyuge extranjero aplica a la ciudadanía más temprano de los cuatro años y nueve meses, USCIS requerirá al solicitante que demuestre que el matrimonio con el cónyuge de los Estados Unidos aún está vigente y que no se haya llenado ningún documento para separación o divorcio.

El formulario de aplicación de la ciudadanía pregunta específicamente al solicitante que detalle el estatus marital actual, y existe la opción de escoger “separado”. Esto significa que cualquier respuesta deshonesta puede volverse un asunto de tergiversación potencial y puede llevar a encontrar mal carácter moral y causar problemas en el futuro para la aplicación para obtener la ciudadanía.

Qué hacer si te divorcias y no tienes la residencia permanente: Opiniones

Esperamos que nuestra guía sobre qué hacer si te divorcias y no tienes la residencia permanente te ayude a orientarte sobre las opciones que tienes disponibles en un momento tan difícil como el divorcio. Recuerda que, si tienes cualquier duda o pregunta, puedes dejarnos un comentario y te ayudaremos a salir de tu inquietud.

¿Qué pasa si te divorcias y no tienes la residencia permanente? ¿Qué pasa con mi residencia si me divorcio? Queremos saber tu opinión. Si has tenido alguna experiencia (buena o mala) al obtener un divorcio y no tener la residencia o green card, déjanos un comentario en la parte de abajo y cuéntanos tu anécdota.

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